esta alzada se acoge a la misma, en consecuencia, ordena practicar la notificación de los ciudadanos JULIO ARMANDO WISSAR AGUIRRE y YUDDY LANAO DE WISSAR, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Nº V-13.137.467 y V-15.324.761, respectivamente, Y/O en la persona de cualesquiera de sus apoderados judiciales ciudadanos ANDRES A. MEZGRAVIS, MILITZA A. SANTANA PEREZ, MARÍA CAROLINA GONZÁLEZ HERNÁNDEZ, RICARDO MALDONADO PINTO, JAVIER ENRIQUE MACHADO ÁLVAREZ, VÍCTOR JOSÉ HENRÍQUEZ DÍAZ, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, abogados en ejercicio e inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 31.035, 78.224, 118.183, 111.360, 163.037, 194.366, respectivamente, parte actora en el presente juicio, la cual se verificará mediante boleta remitida por correo certificado con aviso de recibo del Instituto Postal Telegráfico de Venezuela (IPOSTEL), se acordó notificarle que esta Alzada procedió en fecha 31 de mayo de 2016, a dictar sentenci.....