esta alzada, a los fines de proveer observa, que ciertamente se incurrió en un error material al momento de elaborar la referida comisión librada en fecha 16 de abril de 2015, dirigido al Juez del Tribunal del Municipio Carrizal del Estado Bolivariano de Miranda, cuando lo correcto, es que el mismo debió estar dirigido al Juez del Tribunal del Municipio Los Salias del Estado Bolivariano de Miranda, es por lo que se ordena dejar sin efecto la comisión in comento, y se libre nueva comisión dirigido al Juez del Tribunal del Municipio Los Salias del Estado Bolivariano de Miranda, de igual forma, se evidencia que los abogados que fueron designados como correo especial por auto de fecha 16 de abril de 2015,se encuentran errados, es por lo que, se ordena rectificar los nombres de los mismo, siendo que los abogados que deben ser designados como correo especial son FRANCISCO DUARTE ARAQUE y LESLIE CRISTINA VELASQUEZ ESCOBAR, inscritos en el inpreabogado bajo los Nros. 7.306 y 48.428, en su cará.....