PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación ejercido por el apoderado judicial de la parte demandada contra la decisión dictada por el Juzgado Noveno de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas en fecha 13 de marzo del 2020, en la que declaró parcialmente con lugar la demanda.
SEGUNDO: PARCIALMENTE CON LUGAR la ADHESIÓN a la apelación efectuada por la parte accionante anteriormente señalada.
TERCERO: queda modificada la sentencia apelada, en los términos expuestos.
CUARTO:PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda que por ACCION REIVINDICATORIA, fue incoado por la ciudadana GLADYS ESPERANZA MENDOZA DE FLORES contra la ciudadana MARIA DEL VALLE SANCHEZ, todos plenamente identificados en el texto del presente fallo. En consecuencia: SE CONDENA a la parte demandada a reivindicar a favor de la accionante el inmueble de su propiedad constituido por la planta baja, porción PRINCIPAL de la casa QUINTA DOÑA SOL, ub.....