Siendo que el Juramento Decisorio como medio de prueba consiste el la confesión prestada por una parte a pedido de la otra, para que según sus resultados se decida la controversia, en el caso de autos, tratándose de una Interdicción Civil, nos encontramos bajo el velo de la Jurisdicción Voluntaria la cual se caracteriza por carecer de un contradictorio o conflicto de intereses con lo cual solo existe una parte solicitante y el Tribunal actuando en funciones administrativas. En relación a lo anterior, se estima que siendo la definición doctrinal del Juramento Decisorio nos enfatiza que dicho medio de prueba consiste en la confesión prestada por una parte a pedido de la otra, mal podría este Juzgador admitir dicho medio de prueba toda vez que en el presente juicio solo existe una parte solicitante y no se tiene otra a quien deferirle el Juramento Decisorio. En virtud de las consideraciones antes realizadas, este Tribunal declara Inadmisible por impertinente el Juramento Decisorio propues.....