En virtud de las consideraciones anteriormente expuestas, este Juzgado Superior Séptimo en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: NULA la sentencia dictada por el Juzgado Quinto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, de fecha 17 de diciembre de 2012, asimismo se declara nulo todo lo actuado en el presente proceso y se ordena la reposición de la causa al estado de citar nuevamente a los demandados en la presente causa corrigiendo el vicio que dio origen a la nulidad de las actuaciones.
SEGUNDO: Dadas las características del presente fallo, no hay especial condenatoria en costas.