este Tribunal, a los fines de proveer lo solicitado, ordena realizar por secretaría un cómputo de los días de despacho transcurridos desde el 25 de julio de 2006, hasta el 08 de agosto de 2006, ambas fechas inclusive, lapso dentro del cual se procedería a ejercer el recurso de casación.-
Por las razones antes expuestas en los literales "A", "B" y "C", este Juzgado Superior Séptimo en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, ADMITE el recurso de casación, interpuesto por el abogado JORGE TAHAN BITTAR, apoderado de la parte demandada ciudadanos MARIO CAMERINO LOMBARDI y YAJAIRA MAGDALENA VILLAMARIN DE CAMERINO, contra la sentencia definitiva dictada por esta Alzada en fecha 07 de junio de 2006. Remítase el expediente al Tribunal Supremo de Justicia, Sala de Casación Civil, una vez verificada la correcta numeración de la foliatura.
En consecuencia, se le impone al Secretario de este Juzgado salvar las enmendaduras de conformid.....