NIEGA el recurso de casación interpuesto por el abogado HENRY PÉREZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 195.694, actuando en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada, contra la sentencia que dictó esta alzada en fecha 19 de julio del 2016, todo ello en virtud del juicio que por ACCIÓN REIVINDICATORIA, incoaran los ciudadanos LUÍS ALBERTO MANRIQUE y MAXIMINA GARCÍA de MANRIQUE, contra el ciudadano VÍCTOR JOSÉ MOLINO ABREUS.