Asimismo, se acuerda la devolución de los originales arriba señalados, en consecuencia se ordena el desglose de los mismos, exceptuando de ellos el instrumento probatorio antes identificado con el Nº "5)", atinente al video de habitación de la presunta agraviada, contenido en un "CD", toda vez que de conformidad con el Principio de Comunidad de la Prueba, todos los elementos probatorios Pertenecen al proceso y en caso remover dicho instrumento de los autos que conforman el presente expediente, se perdería la posibilidad para el sentenciador de acceder al mismo. Cúmplase.