En virtud de las consideraciones anteriormente expuestas, este Juzgado Superior Séptimo en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la demanda que por divorcio, basado en los ordinales 2º y 3º del Código Civil, intentó la ciudadana Irene Zilianti Lipp, contra el ciudadano Gabriel Eduardo Romero Marciales; así mismo se declara SIN LUGAR la reconvención que por divorcio basado en el ordinal 2º del artículo 185 del Código Civil, ikncoare el ciudadano Gabriel Eduardo Romero Marciales, contra la Ciudadana Irene Zilianti Lipp.
SEGUNDO: NULA la sentencia dictada por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, de fecha ocho de agosto de 2013.
TERCERO: De conformidad con lo establecido en el artículo 275 del Código de Proc.....