PRIMERO: CON LUGAR la apelación ejercida por la representación judicial de la parte actora Sociedad Mercantil INGEFRECA MAYOR, C.A., en contra del auto de fecha 1° de marzo de 2006 emitido por el Juzgado Octavo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
SEGUNDO: SE REVOCA el auto de fecha 1° de marzo de 2006 emitido por el Juzgado Octavo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, y se le ordena dictar nuevo auto con apego a la doctrina establecida en este fallo, previo al análisis de la admisibilidad de la presente demanda.
TERCERO: Dada la naturaleza del presente fallo, no hay especial condenatoria en costas.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE y NOTIFÍQUESE.