DECLARA: Sin Lugar la apelación ejercida por la representación judicial de la ciudadana YOSMARI DEL CARMEN ORTEGA SÁNCHEZ, titular de la cédula de identidad N° V-14.531.574, y del FONDO DE COMERCIO PRODUCCIONES A CALZÓN QUINTAO, firma personal inscrita ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda con fecha 13 de julio de 1998, bajo el N°. 65, Tomo 7-B-Pro. contra el auto dictado por el Tribunal Duodécimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de Area Metropolitana de Caracas de fecha 28 de agosto e 2003.
Queda así confirmada la decisión que fue objeto de apelación.
De conformidad con lo establecido en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil, se condena en costas a los recurrentes.