PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta por la parte actora sociedad mercantil Corporación DIGITEL, C.A., representada por sus apoderados judiciales, supra-identificados, contra el auto dictado el 07 de diciembre del año 2005.
SEGUNDO: SIN LUGAR la apelación interpuesta por la parte demandada sociedad mercantil TELCEL, C.A., representada por sus apoderados judiciales, supra-identificados, contra el auto dictado el 07 de diciembre del año 2005.
TECERO: Se RATIFICA el auto dictado el 07 de diciembre del año 2005 por el A-quo , Juzgado Sexto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
Notifíquese a las partes de la presente decisión.