este juzgado ordena, librar copia certificada del escrito de fecha 27/09/2016, contentivo de la recusación propuesta; del informe rendido por el Juez Titular de este Despacho. Asimismo, se ordena el desglose de los anexos que acompañaron el referido escrito en copias certificadas, constante de diciente (17) y ciento un (101) folios útiles, consignada en la causa principal la cual está conformada por una (01) pieza constante de sesenta y siete (67) folios útiles, y un cuaderno de recusación de treinta y siete (37) folios útiles, con motivo del recurso de apelación ejercido por la parte actora, en el juicio por NULIDAD DE ASAMBLEA, incoado por los ciudadanos MANUEL DE PONTE CÁMARA y NURI EVANGELINA RIVAS de DE PONTE, accionistas mayoritarios de la sociedad mercantil INVERSIONES AMANESOL, C.A. contra los ciudadanos JOSÉ MANUEL DE PONTE PORTUGAL, DINIS GREGORIO DE PONTE PORTUGAL y ANA MARÍA CÁMARA PORTUGAL, dejándose los originales del escrito de recusación y el informe respectivo en la .....