En consecuencia, se acuerda expedir por secretaria las copias certificadas señaladas, con inclusión de la diligencia que solicita dichas copias y del presente auto que las acuerda, una vez que la precitada abogada se sirva consignar los fotostatos correspondientes, con el objeto de proceder con su certificación de conformidad con lo previsto en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil.