El Tribunal a través de SENTENCIA INTERLOCUTORIA, de conformidad con el artículo 60 del Código de Procedimiento Civil en concordancia con el contenido del artículo 70 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, se declaró incompetente por la cuantía para conocer de la presente causa, que por Resolución de Contrato de Venta con Reserva de Dominio sigue la sociedad mercantil Banco Provincial, S.A., Banco Universal, contra el ciudadano José Arcindo Ferreira Hernández; y declinó la competencia por la cuantía, en un Tribunal de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de esta Circunscripción Judicial, que previa distribución de ley, le sea asignado el presente asunto.