A través de SENTENCIA DEFINITIVA el Tribunal declaró declara CON LUGAR la solicitud de divorcio presentada por los ciudadanos SALVADOR CARRERO GUILLEN y CARMEN FRANCISCA CARREÑO. En consecuencia, se declaró DISUELTO el vínculo matrimonial que los une, contraído por ellos en fecha día 28 de marzo de 2008, por ante la Oficina de Registro Civil de la Parroquia San Joaquín, Municipio Anaco del Estado Anzoátegui, según acta Nº 29, Folios Nos. 92, 93 y 94, del libro de Registro Civil de Matrimonios llevado por ese Registro. Se ordenó librar oficios al Registro Civil de la Parroquia San Joaquín, Municipio Anaco del estado Anzoátegui, a la Oficina Regional del Consejo Nacional Electoral y al Registro Principal del mencionado estado, anexándoles copias certificadas de la presente sentencia y del auto de ejecución de la misma, a los fines de dar cumplimiento al Artículo 774 del Código de Procedimiento Civil.