A través de SENTENCIA INTERLOCUTORIA el Tribunal se declaró Incompetente por la Materia, para conocer de la presente causa, que por COBRO DE BOLÍVARES sigue FUNDACIÓN DE EDIFICACIONES Y DOTACIONES EDUCATIVAS (FEDE), contra TRANSEGURO C.A., DE SEGUROS; y por tanto, declinó la competencia en un Juzgado Superior de lo Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, que previa Distribución de ley, le sea asignado el presente asunto.