A través de SENTENCIA DEFINITIVA se declaró CON LUGAR la demanda que por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO intentara la ciudadana GLADYS JOSEFINA MARTINEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 5.593.443, contra la empresa SERVICIOS RALOP DE VENEZUELA, C.A., inscrita en el Registro Mercantil I del Distrito Capital, bajo el No. 6, de fecha 13 de junio de 1984. En consecuencia, se condenó a la parte demandada a cumplir con el contrato de arrendamiento celebrado, y por tanto, a restituirle durante el tiempo que dure la relación arrendaticia, el puesto de estacionamiento distinguido con el No. 114, ubicado en el sótano 2, del edificio La Vera, Residencias Sans Souci, avenida Francisco Solano López, urbanización Chacaito de Caracas, el cual forma parte del arrendamiento. De conformidad con lo establecido en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil, se condenó en costas a la parte demandada. Se ordenó NOTIFICAR A LAS PARTES.