A través de SENTENCIA DEFINITIVA el Tribunal declaró RECONOCIDO EL DERECHO QUE TIENE EL ABOGADO, JOAQUIN TOMAS ESTRADA, a cobrar honorarios profesionales y ordenó en consecuencia, una vez la decisión haya quedado firme, la fijación de hora y oportunidad por auto expreso, para que tenga lugar el acto de nombramiento de los retasadores, de conformidad con lo consagrado en el artículo 25 de la Ley de Abogados. Se ordenó notificar a las partes de la presente sentencia.