El Tribunal a través de SENTENCIA INTERLOCUTORIA declaró la IMPROCEDENCIA EN DERECHO del reclamo que en fecha 19 de Octubre de 2006, formulare el abogado en ejercicio, Orlando Rangel Domínguez, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No. 48.835, en su carácter de apoderado judicial de la ciudadana YSORA YAMERI MENDOZA, antes identificada, contra las actuaciones ejecutadas por el Juzgado Cuarto de Municipio Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas; con expreso señalamiento en aras de la estabilidad del proceso, que la presente decisión se contrae a las objeciones efectuadas por la representación judicial de la ciudadana Ysora Yameri Mendoza, respecto a la ejecución de la medida de entrega, más no incide ni resuelve la oposición que planteara dicha ciudadana por ante este Despacho, la cual como consta de actas está sujeta a la sustanciación y tramitación de ley.