A través de SENTENCIA DEFINITIVA el Tribunal declaró CON LUGAR la demanda que por DESALOJO intentó la ciudadana MARÍA MONACO DE GUERCIO contra la ciudadana SUMARA HAMMOUD DE MAYHOUB, y SIN LUGAR la reconvención propuesta por la parte demandada reconviniente. En consecuencia, se declaró extinguido el contrato arrendaticio celebrado por las partes; y en tal sentido, se condenó a la demandada reconviniente a entregar a la actora reconvenida, el inmueble arrendado constituido por un apartamento distinguido con el No. 406, ubicado en el cuarto piso del edificio KNOL, ubicado entre las esquinas de Maderero y Bucare, avenida Baralt, Municipio Libertador del Distrito Capital; y al pago de las costas, de conformidad con lo previsto en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil. Se ordenó notificar a las partes.