A través de SENTENCIA DEFINITIVA el Tribunal declaró CON LUGAR la solicitud de divorcio realizada por los ciudadanos LUIS EDUARDO LIMADA FARRERA y RAYCA JACQUELINE RANGEL LEAL. En consecuencia, se declaró DISUELTO el vínculo matrimonial que los une, contraído por ellos en fecha 19 de febrero de 1.993, por ante el Juzgado del Municipio Plaza de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, anotada bajo el Acta No. 43, folio 43, del año 1.993, del libro de Matrimonios del Registro Civil respectivo. Se ordenó librar Oficios al Juzgado del Municipio Plaza de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en Guarenas y al Registrador Principal del Estado Miranda, anexando copia certificada de la presente sentencia, a los fines de dar cumplimiento al Artículo 774 del Código de Procedimiento Civil.