A través de SENTENCIA DEFINITIVA el Tribunal ordenó la RECTIFICACIÓN DE LA PARTIDA DE DEFUNCIÓN del ciudadano SANTOS GUILLERMO OLETTA PADILLA, que corre inserta en los Libros de Registro Civil del Municipio Chacao del estado Miranda, bajo el N° 347, Folio 347, Tomo 01, del año 2003, consignada al efecto. En consecuencia, donde dice: "... titular de la cédula de identidad N° 275.532, ¿" debe decir: " ¿ 275.535, ¿"; quedando así rectificada la PARTIDA DE DEFUNCIÓN señalada supra. En virtud de lo cual se ordenó remitir, copia certificada de la solicitud y de la presente decisión mediante oficio, tanto al Registrador Principal, así como a la Primera Autoridad Civil del Municipio Chaco del estado Miranda, para dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 774 del Código de Procedimiento Civil.