A través de SENTENCIA INTERLOCUTORIA se declaró la IMPROCEDENCIA EN DERECHO DE LA REPOSICIÓN DE LA CAUSA solicitada por la Procuraduría General de la República. Por cuanto la presente decisión fue dictada fuera de la oportunidad legalmente establecida, se ordenó su notificación a las partes y a la Procuraduría General de la República, remitiéndole a dicha Institución, copia certificada de la presente decisión y del oficio mediante el cual, este Juzgado notificó de la causa y del oficio de ratificación de suspensión de lapso de suspensión. No hubo condenatoria en costas.