A través de SENTENCIA INTERLOCUTORIA el Tribunal se declaró, INCOMPETENTE POR EL TERRITORIO, para conocer de la solicitud de Divorcio presentada por los ciudadanos YRMA ZAMORA DE RIDRIGUEZ y JUAN BENITO RODRIGUEZ ESTRADA, venezolanos, cónyuges, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las cédulas de identidad Nos. 6.146.994 y 6.412.448, respectivamente, debidamente asistidos por la abogada Norbi Morales, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 123.555; y por tanto, DECLINO LA COMPETENCIA al Juzgado del Municipio Urdaneta de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en Cúa, del citado estado.