Por las argumentaciones precedentemente expuestas, este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara CON LUGAR la solicitud de Conversión de Separación de Cuerpos en Divorcio, presentada por los ciudadanos DANIEL ALBERTO CAMINO MUGNO y ALIX MELIBETH SALAZAR VELASQUEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-16.462.125 y V-16.682.060,respectivamente, y consecuencialmente DISUELTO el vínculo matrimonial que los unía, contraído por ellos el día 21 de noviembre de 2007, ante la Oficina de Registro Civil del Municipio Chacao de Estado Miranda, la cual corre inserta bajo el acta N° 319, Tomo 02, Folio 69, de los Libros de Matrimonio del año 2007. Líbrese Oficio a la Oficina de Registro Civil del Municipio Chacao de Estado Miranda, así como al Registrador Civil Principal del Estado Miranda y a la Oficina Regional Electoral del Estado Miranda, este último de conformidad con el artícu.....