Por las razones expuestas, este Juzgado Décimo (10º) de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de divorcio realizada por los ciudadanos JOSE ANTONIO CABELLO CABELLO y MARIELA HERNANDEZ FRANCO, ambos identificados al inicio de este fallo. En consecuencia se declara DISUELTO el vínculo matrimonial que los une, contraído por ellos el día el 09 de abril de 1987, por ante la Primera Autoridad Civil del Municipio Leoncio Martínez, Distrito Sucre del Estado Miranda, hoy Oficina de Registro Civil de la Parroquia Leoncio Martínez del Municipio Sucre del Estado Miranda, cuya acta quedó inserta bajo el Nº 115, folio 142 del Libro 1 de Matrimonios del año 1987. Se ordena remitir juego de copia certificada de la presente decisión a la Oficina del Registro Civil Principal del Estado Miranda, y a la Oficina de Registro Civil de l.....