En virtud de los fundamentos anteriormente expuestos, éste Juzgado Décimo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela en los términos dispuestos en el artículo 253 del texto constitucional y por autoridad de la Ley, DECIDE:
-PRIMERO: Se declara CON LUGAR la pretensión que por cobro de Bolívares incoara la Sociedad Mercantil INDUSTRIAS MATSUSHITA COMPAÑÍA ANONIMA, en contra de la ciudadana KAREN CLAVEL CHARLES GUZMAN, ambas partes plenamente identificadas en el presente fallo.
-SEGUNDO: Como consecuencia del particular anterior se CONDENA a la parte demandada, ciudadana KAREN CLAVEL CHARLES GUZMAN, a cancelar a la parte actora, Sociedad Mercantil INDUSTRIAS MATSUSHITA COMPAÑÍA ANONIMA, la suma de Veintiocho Mil Novecientos Cincuenta Bolívares (28.950,00 Bs.), por los siguientes conceptos: A.- La suma de diecinueve mil seiscientos veintiocho bolívares con treinta y tres céntim.....