En virtud de los fundamentos anteriormente expuestos, éste Juzgado Décimo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia conforme a lo dispuesto en el artículo 253 del texto constitucional y por autoridad de la Ley, DECIDE:
-PRIMERO: Se declara CON LUGAR el derecho al Cobro de los Honorarios Profesionales incoado por la ciudadana IRMA JOSEFINA LOAIZA DE MENESES, en contra de los ciudadanos DANIEL GUZMAN e INES CARREIRA DE GUZMAN, todos plenamente identificados en el presente fallo.
-SEGUNDO: Se ordena la INTIMACIÓN de la parte demandada en la causa, ciudadanos DANIEL GUZMAN e INES CARREIRA DE GUZMAN, para que dentro de los diez (10) días de despacho siguientes a la constancia en autos de su Intimación personal, procedan a demostrar el pago de la suma de VEINTE MIL BOLÍVARES (20.000,00 Bs.) por concepto de costas del recurso de apelación ejercido en contra del fallo proferido en fecha 05 de Octubre de 2011 por el Juzgado Cuarto.....