Por las argumentaciones precedentemente expuestas, este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara CON LUGAR la solicitud de Conversión de Separación de Cuerpos y Bienes en Divorcio, presentada por los ciudadanos BELEN CECILIA CASANOVA GUERRA y SAID ANTONIO ROA MORALES, ambos identificados, y consecuencialmente DISUELTO el vínculo matrimonial que los unía, contraído por ellos el día 28 de Noviembre 2009, por ante la oficina del Registro Civil de la Parroquia Petare, Municipio Sucre del Estado Miranda, cuya Acta quedo inserta con el N° 617, Tomo 03, Folio 117 de los Libros de matrimonios del año 2009. Líbrese Oficio a la oficina del Registro Civil de la Parroquia Petare, Municipio Sucre del Estado Miranda, así como al Registrador Principal del Estado Miranda y a la Oficina Regional Electoral del Estado Miranda, este último de conformidad con el artículo 51 de la Resolución número 100623-0220 de fecha 23 de Junio d.....