Ahora bien, vista y analizadas como han sido las actas procesales que conforman el presente expediente, así como la transacción presentada en fecha 18 de Octubre de 2012, por el abogado Antonio Castillo Chávez, identificado ut supra, en su carácter de apoderada judicial de la parte actora, y la autorización expresa cursante al folio noventa y cuatro (94), otorgado a los apoderados judiciales de la parte actora, abogados BETTY AGUIRRE, FELIX FERRER SALAS, ANTONIO CASTILLO CHAVEZ y FRANCISCO HURTADO VEZGA, inscritos en el Inpreabogado bajo el Nro. 19.980, 25.032, 45.021 y 37.993 respectivamente, Este Tribunal luego de haber verificado la capacidad de las partes y de sus apoderados judiciales para disponer en el proceso por ante la autoridad jurisdiccional que ha de impartir la aprobación de la homologación, así como las actas correspondientes, y por cuanto no existe presunción alguna que la transacción que nos ocupa lesione o menoscabe de manera directa o indirecta derechos de terce.....