.-Se dictó Sentencia Interlocutoria homologando el desistimiento presentado por la representación judicial de la parte actora, abogado FRANCISCO J. GIL HERRERA, inscrito en el inpreabogado bajo el Nro. 97.215, sólo en lo que respecta a la co-demandada, ciudadana ONELIA MARGARITA MALAVE, venezolana, mayor de edad y titular de la Cédula de Identidad Número V-11.902.410. Asimismo, y con respecto a la devolución de los originales requeridos por el antes referido apoderado, se negó dicho pedimento, toda vez que no ha pasado la oportunidad de la tacha o desconocimiento de los documentos cuya devolución se pretende, ello conforme a los establecido en el artículo 112 del Código de Procedimiento Civil.