Por todos los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, actuando de conformidad a lo establecido en los artículos 887 y 362 del Código de Procedimiento Civil, este Juzgado Undécimo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR la demanda de COBRO DE BOLIVARES, incoado por BANCO DEL TESORO, C.A., BANCO UNIVERSAL, contra la ciudadana ANNY CAROLINA COLMENARES MUÑOZ, en consecuencia, se condena a la demandada a:
PRIMERO: A pagar a la actora, la suma de VEINTIDOS MIL SETENTA Y UN BOLIVARES CON CUARENTA Y DOS CENTIMOS (Bs. 22.071,42), por concepto de capital adeudado.
SEGUNDO: A pagar a la actora la suma de CINCO MIL NOVECIENTOS TREINTA Y CINCO BOLÍVARES CON VEINTIDÓS CÉNTIMOS (Bs. 5.935,22), por concepto de interés ordinarios del préstamo, causados desde el día 25 de octubre de 2008, hasta el día 15 de junio de .....