Por fuerza de los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Undécimo de Municipio, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, administrando justicia y por Autoridad de la Ley, DECLARA SIN LUGAR la demanda de cumplimiento de contrato y daños y perjuicios, incoada por la ciudadana RAFFAELA DI BRIZZI DE CAMMARANO contra la sociedad mercantil SERVICE 8588, C.A.