Por las razones antes expuestas este Tribunal de Primera Instancia Penal en Funciones de Control, Audiencias y Medidas del Circuito Judicial Penal del Estado Trujillo, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, OTORGA A LA Fiscalia Novena del Ministerio Público del Estado Trujillo, una PRÓRROGA de Quince(15) días para que de término a la investigación Nº D21-F09-1381-2010 iniciada el 03 de Febrero del 2010 contra el ciudadano: RAFAEL RAMON PEÑA , en agravio de la adolescente, por el delito de VIOLENCIA SEXUAL AGRAVADA , previstos y sancionados en el artículo 43 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a Una Vida Libre de Violencia de conformidad con el artículo 79 de la misma Ley Especial, contados a partir del vencimiento de los treinta días a que se refiere la Ley Especial. Notifíquese al Fiscal Solicitante.
La Jueza de Control, Audiencia y Medidas Nº 01
Abg. Maritza Rivas Araujo .....