Por las razones antes expuestas este Tribunal de Primera Instancia Penal en Funciones de Control, Audiencias y Medidas del Circuito Judicial Penal del Estado Trujillo, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, OTORGA al Fiscal Primero del Ministerio Público del Estado Trujillo, una PRÓRROGA de SESENTA (60) días para que de término a la investigación D21-F09-6196-2008-(454), iniciada el contra el ciudadano: Maria Mercado Constanza, por uno de los delitos previstos y sancionados en la Ley Orgánica Sobre el derecho de las Mujeres a una Vida libre de violencia, que en vista de que faltan diligencias por evacuar para el total esclarecimiento de los hechos, en agravio de la ciudadana Yengly Yohamileth Vera Hernández, de conformidad con el artículo 79 de la misma Ley Especial, contados a partir del vencimiento de los cuatro meses a que se refiere la Ley Especial