PRIMERO: Admite la Acusación presentada y las pruebas ofrecidas por el Ministerio Público, en contra del ciudadano: MAURICIO ANTONIO VARGAS TERÁN, titular de la cédula de identidad Nº 6.812.178, nacido en fecha 01-03-1962, natural de Trujillo de 50 años de edad, grado de instrucción cuarto grado, ocupación herrero, soltero, venezolano, hijo de Maria Terán (+) y Andrés Vargas, residenciado en: Calle 6 Las Rurales viejas casa s/n de color rosado blanco frente a la Compañía de perforación los tigritos Municipio Sucre Parroquia Valmore Rodríguez Sabana de Mendoza estado Trujillo, por la presunta comisión del delito de VIOLENCIA FISICA AGRAVADA previsto y sancionado en el artículos 42 encabezamiento, en concordancia con el artículo 65 ordinal 3º de la Ley Orgánica sobre el Derecho de la Mujer a una Vida libre de Violencia en agravio MARLENE JOSEFINA GODOY GODOY. SEGUNDO: Se acuerda para el imputado, antes identificado la SUSPENSIÓN CONDICIONAL DEL PROCESO, de conformidad a lo prev.....