Por las razones antes expuestas este Tribunal de Primera Instancia Penal en Funciones de Control, Audiencias y Medidas del Circuito Judicial Penal del Estado Trujillo, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, OTORGA A LA Fiscalia Primera del Ministerio Público del Estado Trujillo, una PRÓRROGA de SESENTA (60) días para que de término a la investigación Nº D21- 10009-2009 iniciada el 04 de Diciembre del 2009 contra el ciudadano: MASIRRUBI PIÑERO EUSTOQUIO ANTONIO titular de la C.I Nº 3.381.704, por el delito de VIOLENCIA FISICA AGRAVADA, AMENAZA Y VIOLENCIA PSICOLOGICA , previstos y sancionados en el artículo 42 SEGUNDO APARTE, 41 Y 39 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a Una Vida Libre de Violencia, en agravio de la Ciudadana YUDITH COROMOTO VALLE titular de la C.I. Nº 13.048.138, de conformidad con el artículo 79 de la misma Ley Especial, contados a partir del vencimiento de los cuatro meses a que se.....