PRIMERO: Por considerar que están llenos los requisitos del Articulo 93 de la ley Orgánica sobre el derecho de las Mujeres una vida Libre de Violencia, decreta la Aprehensión como Flagrante del Imputado HENRY ALBERTO DAVILA CALDERON, titular de la cédula de identidad Nº 14.150.474, nacido Trujillo, natural de Trujillo de 32 años de edad, soltero, venezolano, hijo de Ramona Calderón y José Dávila, residenciado en: Cerro caja de agua casa s/n, de color verde a 100 metros del Mercal Pampanito estado Trujillo en la comisión del delito de AMENAZA AGRAVADA Y VIOLENCIA FISICA AGRAVADA, previstos y sancionados en el artículo 41 primer aparte y 42 segundo aparte de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadana Ramona del Carmen Calderón SEGUNDO: Decreta Medida , de arresto transitorio al Ciudadano HENRY ALBERTO DAVILA CALDERO plenamente identificado, considerando como apropiada de conformidad con lo establecido en el artí.....