En consecuencia corresponde a este Tribunal Primero de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Trujillo en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dictar las siguientes consideraciones: PRIMERO: Se admite la Acusación presentada y las pruebas ofrecidas por el Ministerio Público, en contra del ciudadano: HOSMEL JESUS VILORIA ZAMBRANO, titular de la cédula de identidad Nº 18.955.772 , en agravio de: LISYANETH CAROLINA MOLINA ABREU, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-20.038.503, por la comisión del delito de VIOLENCIA FISICA AGRAVADA, previsto y sancionado en el articulo 42 segundo aparte de la ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a Vivir a una Vida Libre de Violencia. SEGUNDO: Se acuerda para el acusado, antes identificado la SUSPENSIÓN CONDICIONAL DEL PROCESO, de conformidad a lo previsto en el artículo 42 del Código Orgánico Procesal Penal, con .....