Decisión.
Por las razones antes expuestas, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en Funciones de Control, Audiencias y Medidas con Competencia en Materia de Delitos de Violencia Contra la Mujer del Circuito Judicial Penal del Estado Trujillo, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY: PRIMERO: ADMITE en todas y cada una de sus partes la Acusación presentada por el Ministerio Publico en contra del ciudadano YORDAN JOSE OLMOS CADENAS titular de la cédula de identidad Nº V- 16.465.590, Venezolano, de 27 años, nacido en fecha 22-05-1984, de ocupación Obrero, hijo de Mercedes Cadenas y Julio Olmos estado civil soltero, AVENIDA ANDRES BELLO, SANTA ROSA CASA S/N DE BLOQUES, FRENTE A LA PLAZA ANDRES BELLO, TELF. 0426-3329390, por la presunta comisión de los delitos de VIOLENCIA FISICA Y AMENAZA, previsto en el articulo 42 encabezamiento y 41 encabezamiento de la Ley Orgánica sobre el Derecho de la Mujer .....