Por las razones antes expuestas este Tribunal del Circuito Judicial Penal del Estado Trujillo, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, PRIMERO: De conformidad con el artículo 103 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, se acuerda notificar a la Fiscal Superior de este estado Trujillo, de la omisión fiscal, en la investigación, investigación signada con el Nº D21-6171-2009, seguida en contra el ciudadano RAMON ANDRES MORA , con ocasión de denuncia interpuesta por la ciudadana YARELIS ANDREINA MANRIQUE SANTANA, por la presunta comisión de uno de los delitos previstos y sancionados en la Ley especial, con la finalidad de que dentro de los dos días siguientes comisione un nuevo fiscal o fiscal para que presente las conclusiones de la investigación en un lapso que no excederá de diez días continuos, contados contados a partir de la notificación que este Tribunal .....