Por las razones antes expuestas, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en Funciones de Control, Audiencias y Medidas con Competencia en Materia de Delitos de Violencia Contra la Mujer del Circuito Judicial Penal del Estado Trujillo, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY: PRIMERO: ADMITE en todas y cada una de sus partes la Acusación presentada por el Ministerio Publico en contra del ciudadano JOSÉ FRANCISCO GARCIA TORRES, titular de la cédula de identidad Nº V- 4.306.514, Venezolano, de 52 años, nacido en fecha 02/04/1949 de ocupación Agricultor hijo de Antonio Garcia de la Cruz y Rafaela torres de Garcia, estado civil soltero, domiciliado en LA VEGA ARRIBA VIA AL PORTACHUELO CASA S/N CERCA DEL MERCAL TELEFONO 0426-6296019 MUNICIPIO BOCONO DEL ESTADO TRUJILLO, por la presunta comisión de los delitos de AMENAZA AGRAVADA Y VIOLENCIA FÍSICA previsto y sancionado en el artículo 41 primer aparte y 42 de la Ley Orgánica sobr.....