Vista la transacción celebrada entre las partes, en fecha 25 de Febrero de 2015, cursante a los folios 20 y 21 del Cuaderno de Medidas perteneciente a esta causa, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Trujillo, Pampán y Pampanito de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme a lo establecido en el Artículo 256 del Código de Procedimiento Civil, imparte su aprobación, homologando dicha transacción y se procede como en Sentencia Pasada en Autoridad de Cosa Juzgada, absteniéndose el Archivo del presente expediente hasta que conste en autos, el cumplimiento de la transacción celebrada entre las partes, en tal sentido, se levanta la medida de embargo preventivo decretada en el Cuaderno de Medidas, en fecha 28 de Abril de 2014, Y Así Se Decide.
EL JUEZ
ABG. ASDRUBAL JO.....