DECISION
Por los fundamentos de hecho y de derecho antes expuestos, este Juzgado Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decreta la PERENCION DE LA CAUSA Y EXTINGUIDA LA INSTANCIA.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Trujillo, Pampán y Pampanito de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, a los Ochos (08) días del mes de Febrero de dos Mil Dieciocho (2.018). Años 207º de la Independencia y 158 de la Federación.
LA JUEZ SUPLENTE
ABG. MIREYA CARMONA TORRES
EL SECRETARIO ACCIDENTAL
ROSMEL JOSE LOZDA RUZA
En la misma fecha previa las formalidades de Ley se publico el presente fallo, siendo la.....