En consecuencia, de lo anteriormente expuesto y probado como ha sido lo solicitado, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Trujillo, Pampán y Pampanito de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, de conformidad con lo establecido en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA COMO UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del de Cujus JOSE SILVERIO VALECILLOS SANTIAGO, quien falleciera en fecha Treinta (30) de Noviembre de 2015, según consta del Acta de Defunción expedida por la Oficina de Registro Civil Municipal de la Parroquia Cristóbal Mendoza, Estado Trujillo, signada con el Nro.474, a los ciudadanos: BELLAMIRA NUÑEZ DE VALECILLOS, Venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de Identidad Nº V- 5.767.254, en su condición de cónyuge y a los ciudadanos: GIORDAN JOSE VALECILLOS NUÑEZ, SULY COROMOTO VALECILLOS NUÑEZ, MARIA C.....