DISPOSITIVA:
Por los argumentos expuestos, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Trujillo, Pampán y Pampanito de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, con Sede en Trujillo, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara Con Lugar la solicitud de Divorcio, fundamentada en el Articulo 185-A del Código Civil, formulada por los ciudadanos: GLADYS JOSEFINA FAJARDO y GUSTAVO SIMÓN CORONADO PALENCIA, Venezolanos, mayores de edad, cónyuges, titulares de la cédula de identidad Nros.V-3.904.746 y V-4.919.726 respectivamente, domiciliados en el Municipio Trujillo del Estado Trujillo. En consecuencia, QUEDA DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL, que ellos habían contraído en fecha Primero (01) de Noviembre del año 2001, tal como se puede evidenciar del Acta de Matrimonio N° 37, que corre inserta a los folios 4 y 5 del expediente.
No hay condena.....