En razón de lo antes expuesto, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Carache, Candelaria y José Felipe Márquez Cañizalez de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, acuerda AUMENTAR la OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN, que el ciudadano: JESÚS ENRIQUE VILORIA MELÉNDEZ, deberá pasar a sus hijos, (omissis).
En consecuencia, se fija la cantidad de TRES MIL QUINIENTOS BOLÍVARES (Bs. 3.500,oo) mensuales a partir del mes de ABRIL 2.016, en cuanto a la BONIFICACIÓN DE FIN DE AÑO (AGUINALDOS), los gastos de medicina, vestido, calzado, útiles, escolares y otros gastos que se presenten, serán compartidos por ambos padres, es decir, cincuenta por ciento (50%) cada uno.-
Notifíquese de tal decisión al ciudadano: JESÚS ENRIQUE VILORIA MELÉNDEZ, parte demandada en la presente causa. Líbrese Boleta.-
Dada, Sellada y Firmada en la Sala del Despacho del Trib.....