Se dictó sentencia interlocutoria en la que este Juzgado Superior Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Trujillo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara, su INCOMPETENCIA para conocer, sustanciar y decidir el Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad, interpuesto por la abogada ANA DANIELA AYALA PINEDA, inscrita en el IPSA bajo el número 138.210, actuando en su propio nombre contra la CONTRALORIA GENERAL DEL ESTADO TRUJILLO, en consecuencia ORDENA su remisión, a las Cortes de lo Contencioso Administrativo.