Se dictó sentencia interlocutoria en la que este Juzgado Superior Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Trujillo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara, su INCOMPETENCIA para conocer, sustanciar y decidir el Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad, interpuesto por el Abogado JOEL GONZÁLEZ PARRA, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 199.116, apoderado judicial de la ciudadana NORKIS COROMOTO ROMERO VÁSQUEZ, titular de la cédula de identidad Nº V-12.953.968, , en consecuencia ORDENA su remisión, a las Cortes de lo Contencioso Administrativo.